En el marco de la Ley N.º 20.410, la Caja de Profesionales informa a sus afiliados activos que se incorporan mejoras en los subsidios por maternidad y adopción.
Plazos para solicitar el subsidio
El subsidio por maternidad debe solicitarse dentro de los 45 días previos a la fecha probable de parto y hasta 30 días posteriores al nacimiento del bebé.
En los casos de adopción, el plazo para realizar la solicitud es de 30 días desde la fecha de tenencia.
El beneficio se otorga desde seis semanas antes de la fecha estimada de parto. No obstante, mediante certificación del médico tratante, los períodos podrán modificarse, siempre que se mantenga el total de catorce semanas de subsidio.
Compatibilidad con el ejercicio profesional
Podrán acceder al beneficio las afiliadas que:
- Se encuentren activas en el ejercicio libre de su profesión.
- Acrediten embarazo o adopción.
- Estén al día con sus aportes a la Caja.
- Cuenten con al menos seis meses de ejercicio libre inmediatamente previos a la fecha de suspensión de la actividad.
En caso de no cumplir con este último requisito, se recomienda comunicarse con el Servicio Médico para evaluar la situación particular.
Montos del subsidio
El monto a percibir corresponde al 100 % del sueldo ficto de la categoría vigente al momento de acceder al beneficio.
Los aportes mensuales correspondientes al período de subsidio se descontarán del monto percibido.
¿Cómo realizar el trámite?
El trámite puede realizarse de forma presencial o por correo electrónico.
Modalidad presencial
Es necesario agendar día y hora previamente a través del sitio web de la Caja.
La documentación a presentar es:
- Cédula de identidad vigente.
- Certificado médico emitido por el ginecólogo tratante, donde conste la fecha probable de parto y la fecha de inicio del subsidio (al menos diez días antes), con firma, aclaración y timbre profesional.
- Carné perinatal.
Modalidad por correo electrónico
Además de la documentación mencionada, deberán enviarse los formularios “1.2.3 Subsidio por maternidad” y “Opción de cobro del beneficio”, disponibles en la página web de la Caja.
En caso de realizar el trámite luego del parto, se deberá adjuntar también la partida de nacimiento del recién nacido.