Search
Close this search box.
Search

Universalización de Facturación Electrónica

Contenidos

Luego de más de diez años, la universalización de la facturación electrónica está alcanzando su fase final.

En este sentido, la Resolución N° 2548/2023 amplía el plazo al 31/12/2024 para la incorporación al régimen de Facturación Electrónica a los restantes contribuyentes de IVA.

Así mismo, desde el 01/01/2025, los contribuyentes de IVA deberán adquirir la calidad de emisor electrónico desde que se inscriban, reinicien actividades o se constituyan en contribuyentes del mencionado impuesto.

De esta forma, a partir del 01/01/2025 deberán ser emisores electrónicos todos los contribuyentes de IVA, incluso de IVA Mínimo, con algunas excepciones que se detallan:

  • los que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias y obtengan el ejercicio ingresos inferiores a 4 millones de UI.
  • quienes realicen exclusivamente actos de agregación de valor en la construcción sobre inmuebles.
  •  contribuyentes del Impuesto a las Rentas de los No Residentes.

También mantienen la excepción los contribuyentes exonerados de impuestos administrados por la DGI por todas sus operaciones (excepto los usuarios directos e indirectos de zona franca), y los contribuyentes del Monotributo, del Monotributo Social Mides y del Aporte Social Único de PPL.

Los pequeños contribuyentes cuentan con los beneficios de reducción de la cuota de IVA Mínimo, en la contratación de soluciones de facturación electrónica y con el servicio que les brinda DGI de la generación automática de su boleto de pago. 

Para más información o cualquier otra consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros:

Tags relacionados:

Artículos relacionados

Póngase en contacto con nosotros

Search
Close this search box.

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros que permiten mejorar la experiencia de usuario. Al usar nuestro sitio web, usted da su consentimiento al uso de cookies. Más información