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Convenios para pago de adeduos con DGI : información básica

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¿De qué se trata?

Todos aquellos contribuyentes, es decir, personas físicas o jurídicas, que presenten deuda de impuestos ante DGI, así como multas y recargos, pueden solicitar financiar la misma, a través de una facilidad de pagos denominado Convenio.

Requisitos para solicitud 

En primer lugar, se deberá contar con usuario de Identidad Digital, el cual será indispensable para la firma del convenio. 

Se debe tener en cuenta que, para determinar la deuda final ante el organismo, se deberán efectuar todas las declaraciones juradas pertinentes, en las que incluirán los tributos exigibles.  

Al momento de solicitar el convenio, se debe realizar una entrega inicial, que consiste en un pago a cuenta de los impuestos que se está solicitando convenir, pudiendo imputarse a los códigos de impuesto y períodos que considere conveniente. El monto mínimo de la entrega inicial es del 20% de los impuestos adeudados.  

Para la firma se deberá contar con documento de identidad vigente y para las sociedades comerciales, se deberá presentar un certificado notarial donde se acredite la representación del firmante con una vigencia de 72 horas.

Una vez ingresado el trámite de solicitud, DGI indicará la cantidad de cuotas máximas posibles y monto correspondiente.                  

Las facilidades de pago no pueden exceder los 36 meses y la cuota mínima será el equivalente en pesos a 1.000 UI.

Aprobación de convenio y firma

Una vez que el convenio solicitado haya sido aprobado, se informará al firmante suscribir vía electrónica dicha solicitud, donde se brinda todo el detalle de vencimiento y monto de las cuotas correspondientes. Las mismas pueden ser establecidas en un monto en pesos fijo, o en UI, indicando qué valor tomar al momento del pago.

El no pago de tres cuotas consecutivas del convenio, determinará que quede sin efecto de pleno derecho y se haga exigible la totalidad de lo adeudado originalmente.

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