Los plazos para que los titulares de servicios personales, profesionales y no profesionales, que hayan desarrollado actividades fuera de la relación de dependencia durante el año 2025, presenten la declaración jurada Fonasa correspondiente a dicho ejercicio.
La presentación podrá realizarse a partir del 9 de febrero de 2026. El plazo máximo para realizarla sin multa depende del último dígito del número de empresa
Vencimientos según los dígitos:
| Dígito | Fecha límite |
| 0,1,2 | 16-Abr-26 |
| 3,4,5 | 23-Abr-26 |
| 6,7,8,9 | 30-Abr-26 |
La multa es de 1UR en caso de presentarse fuera de los plazos establecidos.